de Montaña Nacional e Internacional

Category : LEY DE PROTECCIÓN A LAS MONTAÑAS

Corredores ecológicos

Las Administraciones públicas preverán, en su planificación ambiental o en los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, mecanismos para lograr la conectividad ecológica del territorio, estableciendo  o restableciendo corredores, en particular entre los espacios protegidos Red Natura 2000 y entre aquellos espacios naturales de singular relevancia para la biodiversidad. Para ello se otorgará un papel prioritario a los cursos fluviales, las vías pecuarias, las áreas de montaña y otros elementos del territorio, lineales y continuos, o que actúan como puntos de enlace, con independencia de que tengan la condición de espacios naturales protegidos.

Las Administraciones públicas promoverán unas directrices de conservación de las áreas de montaña que atiendan, como mínimo, a los valores paisajísticos, hídricos y ambientales de las mismas.

En españa

Por vez primera en España, las áreas de montaña son objeto de protección jurídica de un modo específico, gracias a su reconocimiento y regulación por la nueva Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Como indica su preámbulo, esta Ley de alcance estatal otorga a las montañas un papel prioritario en la preservación de los corredores ecológicos que, junto a las vías pecuarias, “deben participar en el establecimiento de la  red europea de corredores biológicos definidos por la Estrategia Paneuropea de Diversidad Ecológica y Paisajística y por la propia Estrategia Territorial Europea.”

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